Nuevo instrumento UNIDROIT: Protocolo MAC del Convenio de Ciudad del Cabo busca mejorar el sistema internacional de garantías mobiliarias en el sector de la agricultura, minería y construcción.

En noviembre del pasado año se suscribió en Pretoria (Sudáfrica) el Protocolo MAC, un convenio de UNIDROIT que permite que el Convenio de Ciudad del Cabo sobre garantías mobiliarias pueda ser usado en el sector de la construcción, agricultura, y minería.

El Convenio ha sido suscrito por Gambia, Paraguay, Congo, y Nigeria, aunque la Conferencia Diplomática aglomeró la participación de 43 Estados. Si se toma en cuenta el éxito del Convenio de Ciudad del Cabo, que fuera suscrito en 2001 y que cuenta hoy con 79 Estados miembro, se puede esperar buenos augurios en su desarrollo los próximos años. No obstante, es importante recalcar que el Protocolo aún no está en vigencia, pues de acuerdo al artículo XXV del mismo, deben primero depositarse los instrumentos de ratificación de al menos cinco Estados.

Recordemos que el Convenio de Ciudad del Cabo requiere de protocolos para su funcionalidad, habiendo existido hasta ahora los protocolos aeronáutico (2001), ferroviario (2007), y aeroespacial (2012).

Según un estudio económico independiente, pero encargado por UNIDROIT, el Protocolo MAC- cuyo acrónimo hace referencia a "Mining, Agriculture and Construction"- tendría un gran potencial principalmente para países en desarrollo. El estudio estima que el Protocolo MAC podría aumentar la cantidad de maquinaria pesada existente en estos países en un valor de USD 90.000 millones durante un período de diez años, con un impacto positivo de USD 23.000 millones anuales en su PIB, mientras que el impacto en países desarrollados sería de USD 7.000 millones[1].

Ya en el sector aeronáutico se han visto importantes repercusiones indirectas positivas. Según una presentación organizada por UNIDROIT en la Universidad de Sao Paolo este año, el número de aeronaves en operación en algunos países como México y Panamá aumentó exponencialmente (de 23 a 176 en México, y de 33 a 151 en Colombia) desde la entrada en vigencia del Convenio de Ciudad del Cabo[2].

El Convenio de Ciudad del Cabo establece un sistema de registro de garantías bajo un concepto más amplio de garantía que el que tradicionalmente se tiene en países de derecho civil cuando se habla de pignoración, prenda, o hipoteca ("security interests").

El sistema del Convenio tiene varias disposiciones que los países pueden optar por no implementar mediante reservas o declaraciones, así como alternativas para elegir entre una u otra opción, lo que permite un instrumento flexible y con un mayor número de Estados participantes, sin que deje de tener importantes efectos en los países en los que entre en vigor. Una de estas disposiciones es aquella que permitiría al acreedor, en determinados casos, disponer del bien garantizado de manera automática sin intermediación del juez, algo que - si bien puede representar un importante avance para agilizar transacciones y atraer inversiones - podría causar dificultades de implementación en países de derecho civil desde un punto de vista operativo, pero que puede ser dejada de lado. Otra disposición es la que se presenta al Estado signatario para elegir entre tres opciones relacionadas a insolvencia, una pro-deudor, otra pro-acreedor, y una última que refleja las normas de la UE sobre insolvencia.

El Protocolo incluye además, como anexos, la nomenclatura establecida por la Organización Mundial de Aduanas de las distintas maquinarias que entran dentro del ámbito del Convenio. Los Estados pueden, igualmente, elegir si el Convenio regirá todos o solo algunos de estos anexos

Más info en: https://www.unidroit.org/secured-transactions#CapeTownConvention

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[1] Warwick Economics and Associates; MAC Protocol Economic Assessment (2018);

[2] Adalberto Elías (NatLaw); presentación en UNIDROIT Regional Consultation Workshop

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